


La justicia ordenó el cierre del basural
Germán Thalman






Con una sentencia fechada el pasado 5 de agosto, el Juzgado Civil de la Tercera Nominación de Rafaela emplazó al gobierno municipal a clausurar y trasladar la actual Planta de Tratamiento de Residuos en un plazo no mayor a los dos años y arbitrar los controles y mecanismos necesarios para evitar la combustión de elementos en el predio actual.
Además, exigió un cronograma donde se establezcan metas para la reducción progresiva de la disposición final de residuos sólidos urbanos, a fin de disminuir la cantidad de desechos que serán depositados en el predio, hasta tanto se concrete el nuevo Complejo Ambiental.
Si bien la sentencia en primera instancia fue apelada y se acudirá a la Cámara Civil, el municipio tiene la obligación de acatar la orden judicial, algo que parece no haber ocurrido teniendo en cuenta los últimos incendios acontecidos el fin de semana pasado. La inacción por parte del municipio y sus funcionarios los harían pasibles de otras acciones de índole civil o penal, que se sumarían al cargo de las costas que ya fue decretado para este primer proceso.


Por noviembre de 2020, un grupo de vecinos inició el proceso judicial solicitando medidas cautelares ante los recurrentes incendios que se sucedían en la Planta de Tratamiento de Residuos, ubicada al Este de Ruta 34. El trámite se hizo bajo el amparo de la Ley 10.000 de “Intereses Difusos”, que defiende derechos colectivos relacionados con la salud pública, la fauna, la flora, el paisaje o el medio ambiente.
Enrique Marchiaro, el letrado que patrocinó a los vecinos, explicó que “en la causa quedan perfectamente probados todos los focos de incendios que se registraron en los últimos años”. Y agregó que “aunque el municipio alegaba que no era responsable de tal situación, acusando a terceros, el fallo señala que hay un deber de absoluto control por parte del Estado local para cuidar la seguridad de un predio que es de su propiedad”.
El proceso legal incluyó una pericia técnica, a cargo de la Ingeniera Ambiental María Evangelina Pirola (Mat CÍE 1-2027-8) que de manera contundente dictamina: “La planta municipal de disposición de residuos actual no se puede clasificar como relleno sanitario, no cuenta con controles que permitan determinar, contener, minimizar impactos negativos en el ambiente. De acuerdo con la legislación vigente en materia de residuos, la planta debería rediseñarse y reubicarse”. Incluso deja sentado que, una vez cerrada esta planta, se deberá ejecutar un plan para recuperar su calidad ambiental.
La sentencia da por válido el presupuesto denunciado por los vecinos, a partir del cual el municipio local parece haber puesto todo el empeño en la construcción del nuevo Complejo Ambiental y desatendió el actual sitio de disposición final. “Lo que era un sitio controlado se ha descontrolado y los incendios son la cara visible de un agotamiento del predio”, se menciona.
Pero además carga contra la falta de políticas públicas respecto del tratamiento de residuos en origen, tal como recomiendan las normativas referidas a “Basura Cero” y responsabiliza a la Secretaría de Medioambiente de la provincia por no haber realizado los controles a los que está obligada.
En el mismo sentido, da por sentado que la relocalización de la Planta no tendrá mayores erogaciones para el fisco local en tanto están cubiertas por la afectación de la plusvalía originada con la urbanización del loteo Ciudad Verde.
“No queda duda alguna que se ha transgredido el derecho a un ambiente sano, que es necesario implementar acciones presentes y efectivas para su protección a corto plazo, como así tampoco preventivas para el futuro”, expresa al final de la sentencia la Jueza Ana Laura Mendoza.
Y en el mismo orden, el doctor Marchiaro señaló: “Hay una causa de orden público ambiental que atañe a toda la comunidad de Sunchales y se debe tomar real dimensión del caso. También sería importante que el Concejo y las instituciones de la ciudad tengan una mayor presencia para seguir este tema”. Y concluyó: “Hay una clara responsabilidad del municipio, no por suponer que sea el generador de los incendios, sino por su falta al deber de cuidado”.




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